GLP canalizado - Revisiones


INSPECCIÓN PERIÓDICA

El titular de la instalación o en su defecto los usuarios, serán los responsables del mantenimiento, conservación, explotación y buen uso de la instalación de tal forma que se halle permanentemente en servicio, con el nivel de seguridad adecuado. Asimismo atenderán las recomendaciones que, en orden a la seguridad, les sean comunicadas por el suministrador. Las modificaciones de las instalaciones deberán ser realizadas en todos los casos por instaladores autorizados quienes, una vez finalizadas, emitirán el correspondiente certificado que quedará en poder del usuario.

    - Las instalaciones receptoras de gas canalizado sólo podrán ser inspeccionadas cada cinco años por parte del distribuidor con personal debidamente identificado.

    - La revisión periódica de los centros de almacenamiento que alimenten a redes de distribución se realizará cada dos (2) años.

    - Del mismo modo, la inspección periódica de las partes comunes de la instalación receptora deberá ser efectuada por el distribuidor con una periodicidad de 5 años.

    - Los titulares de estas instalaciones receptoras abonarán el importe derivado de las inspecciones periódicas (tanto individuales como comunes) al distribuidor.